Los orígenes de la Ley de Secreto Bancario de EEUU (Bank Secrecy Act o BSA) se remontan a 1970, fecha en la que fue promulgada por el presidente Richard Nixon. Supuso un antes y un después en la lucha contra el blanqueo de capitales en EEUU y en el mundo.
Desde entonces, numerosas normativas la han modificado e implementado para hacerla más efectiva en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Esta normativa es aplicable a entidades bancarias, instituciones de ahorro y préstamo, a uniones de crédito, y a otras instituciones financieras de Estados Unidos, como las Empresas de servicios monetarios. La Ley de Secreto Bancario obliga a todas estas entidades a colaborar con el Gobierno norteamericano en la detección y prevención del blanqueo de capitales.
Mano dura contra la delincuencia
El aumento de los niveles de adicción a las drogas y de las tasas de criminalidad en EEUU llevo a Richard Nixon a declarar la guerra contra las drogas en 1971. La adicción a las mismas se había convertido en el enemigo público número 1 del país norteamericano.
El incremento de la demanda de las drogas en los países desarrollados, propició que la producción ilícita en los países de origen se disparara. A su vez, el tráfico de estupefacientes se convirtió en un negocio millonario para un número cada vez mayor de organizaciones criminales internacionales.
Es, precisamente entonces, cuando nacen los orígenes de la Ley de Secreto Bancario de EEUU. El objetivo de esta ley no era prohibir el blanqueo de capitales. Si buscó implantar un mayor grado de regulación que permitiera seguir la pista del dinero para asestar a la criminalidad un golpe en el bolsillo. De esta manera se conseguiría que la delincuencia no fuera rentable.
Una de las herramientas mas importantes en la lucha contra el blanqueo de capitales
La entrada en vigor de la Ley de Secreto Bancario de EEUU en 1970, estableció una serie de requerimientos tanto a particulares, como a entidades bancarias e instituciones financieras que incluían el mantenimiento de registros y la presentación de informes de determinadas operaciones.
El objetivo principal de esta ley era la identificación de la fuente, el volumen y los movimientos de moneda y de otros instrumentos monetario con origen o destino los EEUU o depositados en instituciones financieras.
Esta ley requería a las entidades bancarias que informaran de las transacciones en efectivo superiores a 10.000 dólares, que identificaran adecuadamente a las personas que realizaban dichas transacciones y a mantener un rastro documental mediante la conservación de los registros de transacciones financieras.
Primer desafío constitucional
En 1973, la Ley de Secreto Bancario se enfrenta a uno de los desafíos más notables desde su entrada en vigor. Ese año, la asociación de Banqueros de California trato de impugnarla, alegando que violaba la primera, la cuarta y la quinta enmienda.
El caso llegó a la Corte Suprema, la cual falló a favor del Gobierno de los EEUU un año después. La sentencia declaró que las entidades bancarias y sus clientes no podían gozar de un derecho incondicional a llevar a cabo sus asuntos en secreto.
Por otro lado, la Corte Suprema también determinó que ya había un gran número de entidades bancarias que proveían informes de este tipo al Departamento del Tesoro de los EEUU antes de la entrada en vigor de la Ley de Secreto Bancario.
Segundo desafío constitucional
En 1976, la Ley de Secreto Bancario sufrió un nuevo ataque de gran importancia que nuevamente llegó hasta la Corte Suprema. El problema comienza cuando en un caso de contrabando, se utilizan los registros bancarios del acusado para asegurar su condena.
Este hecho fue interpretado como una violación de los derechos del acusado de la Cuarta enmienda. Esto fue debido a que los documentos privados de una persona no pueden ser utilizados para su acusación. La Corte Suprema falló nuevamente a favor del Estado, afirmando que el acusado no tenía expectativas legitimas de privacidad. Y es que al abrir una cuenta bancaria, el acusado ya estaba revelando su información a un tercero. Por tanto, la Constitución no protege la información revelada en ese marco.